Términos y Condiciones
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, JOSE MANUEL MARTÍNEZ MARTÍNEZ, EN LO SUCESIVO “EL PRESTADOR” Y, POR LA OTRA, XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Y/O XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, EN ADELANTE “EL CONTRATANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara “EL PRESTADOR”:
a) Que es una persona física con actividades empresariales debidamente registrado como contribuyente de acuerdo con las leyes de la República Mexicana, con domicilio para efectos del presente instrumento en Patriotismo No. 229, Piso 8, Col. San Pedro de los Pinos, C.P. 03800 Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes MAMM-741214-BP1.
II. Declara “EL CONTRATANTE”:
a) Que es una persona física con plena capacidad para obligarse en los términos de este contrato.
b) Que requiere de los servicios a que se refiere el presente contrato, en los términos y condiciones que se establecen en este documento y que en lo sucesivo y para efectos de éste se referirán como “LOS SERVICIOS”.
III. Declaran las partes:
a) Que la firma del presente Contrato pretende establecer los términos y condiciones bajo los cuales ambas partes se ofrecen recíprocamente ventajas en la contratación y prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato.
En virtud de lo anterior las partes, convienen en obligarse conforme a las siguientes
C L Á U S U L A S
PRIMERA. OBJETO.
“EL PRESTADOR” se obliga a prestar a “EL CONTRATANTE”, el servicio de gestión ante EL CLUB, S.A. DE C.V; de la terminación anticipada del Contrato de Compra-Venta de la Membresía No. 00-000000 (“LOS SERVICIOS”).
SEGUNDA. PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”.
El tiempo estimado para la obtención del Convenio de Terminación de Contrato de la Membresía No. 00-000000 es de 45 (cuarenta y cinco) días hábiles.
TERCERA. VIGENCIA.
La vigencia del presente Contrato comenzará a partir de la firma del mismo, y se extenderá hasta que “EL PRESTADOR” entregue a “EL CONTRATANTE”, el Convenio de Terminación de Contrato de la Membresía No. 00-000000.
CUARTA. CONTRAPRESTACIÓN Y FORMA DE PAGO.
“EL CONTRATANTE” pagará a “EL PRESTADOR” como contraprestación por los Servicios recibidos, la cantidad de $0,000.00 (… DÓLARES AMERICANOS 00/100 C.Y.), ó su equivalente en Moneda Nacional, al tipo de cambio vigente establecido por el Banco de México, a la firma del presente contrato.
QUINTA. REEMBOLSOS.
De obtener algún reembolso de cualquiera de las cantidades pagadas a cuenta de la Membresía No. 00-000000, “EL CONTRATANTE” pagará a “EL PRESTADOR” por concepto de Bono de Éxito, el 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total recuperado.
SEXTA. GARANTÍAS.
Las partes convienen que:
En caso de que “EL PRESTADOR” no obtenga el Convenio de Terminación de Contrato de la Membresía No. 00-000000, “EL CONTRATANTE” podrá optar entre:
a) Obtener de “EL PRESTADOR” un reembolso del 100% del pago efectuado.
o
b) Recibir de “EL PRESTADOR”, sin costo alguno, asistencia completa durante todo el tiempo que sea necesario, hasta obtener el Convenio de Terminación de Contrato de la Membresía No. 00-000000.
En caso de que “EL PRESTADOR” no obtenga el Convenio de Terminación de Contrato de la Membresía No. 00-000000 por causas imputables a “EL CONTRATANTE”, este se obliga a pagar a “EL PRESTADOR”, por concepto de gastos de administración, la cantidad de $450.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA DÓLARES AMERICANOS 00/100 C.Y.).
SÉPTIMA. ACEPTACIÓN FINAL DE LOS SERVICIOS.
Las partes acuerdan que los Servicios se considerarán finalizados y aceptados por “EL CONTRATANTE” cuando este reciba de “EL PRESTADOR” el documento original del Convenio de Terminación de Contrato de la Membresía No. 00-000000.
OCTAVA. INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN, LEGISLACIÓN Y TRIBUNALES APLICABLES.
El presente Contrato se regirá por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y en caso de cualquier disputa, las partes acuerdan de manera expresa a someterse a las leyes, jurisdicción, interpretación y tribunales de los Estados Unidos Mexicanos.
NOVENA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
En caso de presentarse alguna controversia entre las partes derivada del presente Contrato (en lo sucesivo “Controversia”) y previo a cualquier litigio, las partes buscarán alcanzar una transacción amigable mediante negociación directa.
DÉCIMA. NOTIFICACIONES Y DOMICILIOS.
Cualquier aviso, requerimiento, solicitud, notificación u otra comunicación requerida o permitida en términos del presente Contrato, se considerará dada en la fecha en que se reciba por cualquier vía de comunicación sea servicio de mensajería reconocido, facsímil (conforme al comprobante de transmisión respectivo), correo electrónico (conforme al comprobante de entrega respectivo), o bien por entrega directa, dirigido o presentado en los domicilios que se señalan en a continuación:
Cualquier cambio de domicilio deberá ser notificado a la otra parte por cualquiera de los medios antes indicados, con una anticipación de diez días naturales a la fecha en que ocurra tal evento, de no hacerlo así, se entenderá legalmente hecho el aviso o notificación al último domicilio de la otra parte.
DÉCIMA PRIMERA. ACUERDO TOTAL.
Las disposiciones del presente Contrato constituyen el acuerdo total de las partes en relación con los Servicios. Este Contrato substituye cualquier otro acuerdo o entendimiento entre las partes, ya sea verbal o escrito, en relación con los Servicios, incluyendo sin limitación, cualquier carta de intención firmada por las partes, en su caso.
Leído el presente Contrato y enteradas las partes de su contenido y alcance, sin dolo, error, violación, mala fe, o vicios, lo firman por duplicado, entregándose un original a cada una de las partes, en la Ciudad de México, a los 8 días del mes de Noviembre de 2005.
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COTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS DE USO DE PERIÓDOS DE HOSPEDAJE QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, JOSE MANUEL MARTÍNEZ MARTÍNEZ, EN LO SUCESIVO “EL PRESTADOR” Y, POR LA OTRA, XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Y/O XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, EN ADELANTE “EL CONTRATANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara “EL PRESTADOR”:
Que es una persona física con actividades empresariales debidamente registrado como contribuyente de acuerdo con las leyes de la República Mexicana, con domicilio para efectos del presente instrumento en Patriotismo No. 229, Piso 8, Col. San Pedro de los Pinos, C.P. 03800 Alcaldía de Benito Juárez, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes MAMM-741214-BP1.
II. Declara “EL CONTRATANTE”:
Que es una persona física con plena capacidad para obligarse en los términos de este contrato.
Que requiere de los servicios a que se refiere el presente contrato, en los términos y condiciones que se establecen en este documento y que en lo sucesivo y para efectos de éste se referirán como “LOS SERVICIOS”.
III. Declaran las partes:
Que la firma del presente Contrato pretende establecer los términos y condiciones bajo los cuales ambas partes se ofrecen recíprocamente ventajas en la contratación y prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato.
En virtud de lo anterior las partes, convienen en obligarse conforme a las siguientes
C L Á U S U L A S
PRIMERA. OBJETO.
“EL PRESTADOR” se obliga a ceder a “EL CONTRATANTE”, el derecho de utilizar un máximo de 0 (CERO) Créditos Vacacionales para ser canjeados por servicios de alojamiento y otros beneficios ofrecidos por el Club.
SEGUNDA. PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”.
“EL CONTRATANTE” podrá hacer uso de “LOS SERVICIOS” en un promedio de 180 (CIENTO OCHENTA) desarrollos vacacionales.
TERCERA. VIGENCIA.
La vigencia del presente Contrato comenzará a partir de la firma del mismo, y se extenderá hasta que “EL CONTRATANTE” utilice el total de los Créditos Vacacionales indicados en la cláusula PRIMERA de este.
CUARTA. CONTRAPRESTACIÓN Y FORMA DE PAGO.
“EL CONTRATANTE” pagará a “EL PRESTADOR” como contraprestación por cada periodo de hospedaje reservado, el equivalente a la Cuota de Mantenimiento publicada por el Club aplicable al número total de Créditos Vacacionales utilizados.
QUINTA. PROCESO DE RESERVACIÓN.
Cuando “EL CONTRATANTE” desee hacer uso de “LOS SERVICIOS” deberá seguir el procedimiento que se describe a continuación:
1) Deberá comunicarse con “EL PRESTADOR” para solicitar una cotización en el destino(s) desado(s), indicando:
a.- La fecha de inicio de su reservación
b.- El destino(s) solicitado(s)
c.- El número de personas que alojará en su habitación (Adultos y Menores de 12 años)
2) Una vez recibida la información descrita en el párrafo anterior, “EL PRESTADOR” presentará a “EL CONTRATANTE” una cotización que incluya al menos dos opciones de alojamiento.
En caso de no haber disponibilidad de espacio en el destino solicitado, lo comunicará inmediatamente a “EL CONTRATANTE”, a efecto de que esté pueda, si así lo desea, modificar las características de su solicitud de reservación.
3) Una vez que “EL CONTRATANTE” reciba la cotización, si está de acuerdo en reservar el periodo de hospedaje propuesto, deberá cubrir a “EL PRESTADOR” el importe indicado en la cotización para garantizar el derecho de uso del periodo de hospedaje solicitado.
4) Recibido el pago, “EL PRESTADOR” procederá a reservar para “EL CONTRATANTE”, el periodo de hospedaje elegido.
Hecho lo anterior, proporcionará a “EL CONTRATANTE” una carta de confirmación a su nombre, la cual deberá portar y entregar a su llegada al hotel y/o resort a efecto de que se le proporcione el derecho de uso, goce y disfrute de la habitación contratada.
5) De causar “EL CONTRATANTE” o sus acompañantes algún daño en durante su estancia en el hotel y/o resort, “EL CONTRATANTE” será el único responsable de cubrir el costo de los daños ocasionados, liberando a “EL PRESTADOR” de cualquier responsabilidad.
SEXTA. COSTOS Y CUOTAS.
El costo total que deberá pagar “EL CONTRATANTE” cada que haga uso “LOS SERVICIOS” se compone de los siguientes conceptos:
i) Cuota de Mantenimiento aplicable a la cantidad de Créditos Vacacionales fijados por el hotel y/o resort para el uso de la unidad solicitada, conforme a lo dispuesto en la clausula CUARTA del presente contrato
ii) Los impuestos locales, si los hubiera, serán cubiertos por “EL CONTRATANTE” directamente en el hotel y/o resort.
iii) Los alimentos y bebidas serán cubiertos por “EL CONTRATANTE”, en caso de que decida hacer uso de “LOS SERVICIOS” en un hotel y/o resort que ofrezca estas prestaciones. (TODO INCLUÍDO).
Las cuotas adicionales, tales como cuota de membresía; cuota de renovación; y cualquier otro cobro asociado al uso del Sistema de Reservaciones, serán cubiertas por “EL PRESTADOR”.
SÉPTIMA. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
“EL CONTRATANTE”, podrá adquirir de “EL PRESTADOR” un seguro contra adquisiciones forzadas de una membresía vacacional o tiempo compartido, el cual le garantiza recuperar el 100% (CIEN POR CIENTO) del dinero pagado a cuenta de cualquier membresía adquirida en México, así como obtener apoyo para gestionar la cancelación del Contrato de Membresía respectivo y la liberación de todas obligación derivada de este.
El costo del seguro, para el presente año es de $99.00 (NOVENTA Y NUEVE DÓLARES AMERICANOS 00/100 C.Y.).
OCTAVA. ACEPTACIÓN FINAL DE LOS SERVICIOS.
Las partes acuerdan que los Servicios se considerarán finalizados y aceptados por “EL CONTRATANTE” cuando este utilice el total de los Créditos Vacacionales consignados en la cláusula PRIMERA del presente Contrato.
NOVENA. INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN, LEGISLACIÓN Y TRIBUNALES APLICABLES.
El presente Contrato se regirá por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y en caso de cualquier disputa, las partes acuerdan de manera expresa a someterse a las leyes, jurisdicción, interpretación y tribunales de los Estados Unidos Mexicanos.
DÉCIMA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
En caso de presentarse alguna controversia entre las partes derivada del presente Contrato (en lo sucesivo “Controversia”) y previo a cualquier litigio, las partes buscarán alcanzar una transacción amigable mediante negociación directa.
DÉCIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES Y DOMICILIOS.
Cualquier aviso, requerimiento, solicitud, notificación u otra comunicación requerida o permitida en términos del presente Contrato, se considerará dada en la fecha en que se reciba por cualquier vía de comunicación sea servicio de mensajería reconocido, facsímil (conforme al comprobante de transmisión respectivo), correo electrónico (conforme al comprobante de entrega respectivo), o bien por entrega directa, dirigido o presentado en los domicilios que se señalan en a continuación:
Cualquier cambio de domicilio deberá ser notificado a la otra parte por cualquiera de los medios antes indicados, con una anticipación de diez días naturales a la fecha en que ocurra tal evento, de no hacerlo así, se entenderá legalmente hecho el aviso o notificación al último domicilio de la otra parte.
DÉCIMA SEGUNDA. ACUERDO TOTAL.
Las disposiciones del presente Contrato constituyen el acuerdo total de las partes en relación con los Servicios. Este Contrato substituye cualquier otro acuerdo o entendimiento entre las partes, ya sea verbal o escrito, en relación con los Servicios, incluyendo sin limitación, cualquier carta de intención firmada por las partes, en su caso.
Leído el presente Contrato y enteradas las partes de su contenido y alcance, sin dolo, error, violación, mala fe, o vicios, lo firman por duplicado, entregándose un original a cada una de las partes, en la Ciudad de México, a los 8 días del mes de Noviembre de 2005.
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